Reconocimiento médico laboral
Para el desarrollo de determinadas profesiones es necesario pasar un reconocimiento médico. También algunas empresas u organizaciones requieren a los candidatos o trabajadores pasar un reconocimiento médico. Dicho reconocimiento está enfocado a determinar si la salud de la persona puede verse perjudicada a causa del desempeño de su labor o si puede repercutir, directa o indirectamente, en su trabajo.
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FAQ’s
Preguntas frecuentes:
¿En qué consiste el reconocimiento médico para el trabajo?
El médico se encarga de recopilar información (historia clínica) y realizar diferentes pruebas exploración visual, auditiva, neurológica,… para poder certificar que existen contraindicaciones que impiden ejercer la profesión o el trabajo que se va a desarrollar.
¿Para quién es obligatorio el reconocimiento médico laboral?
Según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, deben pasar un reconocimiento médico laboral los trabajadores que pongan en peligro su vida, la de sus compañeros o de otras personas durante el desempeño de sus funciones laborales según lo haya estipulado la empresa o bien según los plazos marcados por el convenio.
Dado que no es el caso de la mayoría de profesiones, lo más común es que la empresa ofrezca de manera anual a sus trabajadores la posibilidad de someterse a un reconocimiento médico.
¿En qué profesiones se considera que el estado de salud del trabajador puede suponer un peligro para otros?
- Conductores profesionales de vehículos de motor (Real Decreto del Reglamento General de Conductores)
- Conductores y maquinistas ferroviarios
- Manejo de grúas
- Personal de vuelo
- Trabajadores del mar
- Trabajadores sanitarios que realizan procedimientos invasivos, que pueden predisponer a exposiciones a virus de transmisión sanguínea (virus de la hepatitis B o C, VIH) a terceros
- Trabajos con tenencia y/o uso de armas
- Trabajos en alturas
- Trabajos en espacios confinados
- Trabajos subacuáticos
- Trabajadores con riesgo de silicosis
- Trabajos con Cloruro de Vinilo Monómero
- Trabajos con Agentes citostáticos y/o Agentes anestésicos inhalatorios
- Trabajadores ETT (reconocimientos iniciales)
¿Cuáles son los riesgos y actividades de especial peligrosidad en el trabajo?
- Riesgos biológicos
- Agentes cancerígenos
- Agentes químicos
- Radiaciones ionizantes
- Amianto
- Ruido
¿El empresario va a conocer los resultados del reconocimiento?
No, los resultados de los estudios y pruebas realizadas los recibirá únicamente el trabajador. El empresario sólo recibirá un documento en el que se informa si el trabajador es o no apto para el puesto de trabajo, ya que los reconocimientos médicos están bajo el amparo de la confidencialidad que obliga la Ley Orgánica de Protección de Datos.
VIERNES: 09:00h A 13:30h
07006 Palma, Illes Balears